Solicitud de evaluación PNUME
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- ItemSolicitud aceite iodado de adormidera (amapola) (iodo ultrafluido) inyectable(Ministerio de Salud. Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas. Dirección de Farmacovigilancia, Acceso y Uso. UFURM, 2018) Perú. Ministerio de salud, Dirección General de Medicamentos, Insumos y DrogasEn la revisión de la solicitud presentada respecto al medicamento aceite iodado de adormidera (amapola) (iodo ultrafluído) inyectable, se observa que la utilización de este medicamento está restringido a indicaciones poco frecuentes, en condiciones específicas de uso y en áreas altamente especializadas por lo que podría ser autorizado en el marco de la utilización de medicamentos no considerados en el Petitorio Nacional Único de Medicamentos Esenciales (PNUME); por este motivo el Equipo Técnico acuerda desestimar la solicitud.
- ItemSolicitud aciclovir suspensión(Ministerio de Salud. Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas. Dirección de Farmacovigilancia, Acceso y Uso. UFURM, 2018) Perú. Ministerio de salud, Dirección General de Medicamentos, Insumos y DrogasEn la revisión de la solicitud presentada respecto al medicamento aciclovir suspensión, se observa que el expediente señala que existe un vacío terapéutico, y debido a que en el Petitorio Nacional Único de Medicamentos Esenciales (PNUME) se cuenta con medicamentos para el tratamiento de las indicaciones solicitadas, y adicionalmente se observa que la utilización de este medicamento está restringido a indicaciones poco frecuentes y en condiciones específicas de uso por lo que podría ser autorizado en el marco de la utilización de medicamentos no considerados en el PNUME; por este motivo el Equipo Técnico acuerda desestimar la solicitud.
- ItemSolicitud acido alfa-lipoico tableta(Ministerio de Salud. Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas. Dirección de Farmacovigilancia, Acceso y Uso. UFURM, 2018) Perú. Ministerio de salud, Dirección General de Medicamentos, Insumos y DrogasEn la revisión de la solicitud presentada respecto al medicamento ácido alfa-lipoico 600mg tableta, se observa que no existe un vacío terapéutico debido a que en el Petitorio Nacional Único de Medicamentos Esenciales (PNUME) se cuenta con medicamentos para el tratamiento de las indicaciones solicitadas; por este motivo el Equipo Técnico acuerda desestimar la solicitud.
- ItemSolicitud ácido ursodeoxicolico tableta(Ministerio de Salud. Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas. Dirección de Farmacovigilancia, Acceso y Uso. UFURM, 2018) Perú. Ministerio de salud, Dirección General de Medicamentos, Insumos y DrogasEn la revisión de la solicitud presentada respecto al medicamento ácido ursodeoxicólico tableta, se observa que el expediente señala que existe un vacío terapéutico y debido a que las indicaciones para la utilización de este medicamento son de baja frecuencia y están restringidas a condiciones específicas de uso, podría ser autorizado en el marco de la utilización de medicamentos no considerados en el PNUME; por este motivo el Equipo Técnico acuerda desestimar la solicitud.
- ItemSolicitud ácido ursodeoxicolico tableta(Ministerio de Salud. Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas. Dirección de Farmacovigilancia, Acceso y Uso. UFURM, 2018) Perú. Ministerio de salud, Dirección General de Medicamentos, Insumos y DrogasEn la revisión de la solicitud presentada respecto al medicamento ácido ursodeoxicólico tableta, se observa que la solicitud presenta deficiencias, por cuanto la indicación señalada es demasiada amplia (Síndrome colestásico intrahepático), no adjuntándose el sustento necesario para esta indicación; por este motivo el Equipo Técnico acuerda desestimar la solicitud.
- ItemSolicitud ácidos grasos poli insaturados omega3 (ácido docosahexaenoico (DHA) y eicosapentaenoico (EPA)) tableta(Ministerio de Salud. Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas. Dirección de Farmacovigilancia, Acceso y Uso. UFURM, 2018) Perú. Ministerio de salud, Dirección General de Medicamentos, Insumos y DrogasEn la revisión de la solicitud presentada respecto al producto dietético ácidos grasos poliinsaturados omega3 (ácido docosahexaenoico (DHA) y eicosapentaenoico (EPA)) tableta, debe indicarse que éste no está considerado como medicamento sino como un suplemento dietético nutricional y dada su naturaleza no se corresponde su evaluación en el marco de este proceso; por este motivo el Equipo Técnico acuerda desestimar la solicitud.
- ItemSolicitud adalimumab inyectable(Ministerio de Salud. Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas. Dirección de Farmacovigilancia, Acceso y Uso. UFURM, 2018) Perú. Ministerio de salud, Dirección General de Medicamentos, Insumos y DrogasEn la revisión de la solicitud presentada respecto al medicamento adalimumab inyectable, se observa que la utilización de este medicamento está restringido a indicaciones poco frecuentes y en condiciones específicas dado que su uso requiere de infraestructura, equipamiento y recurso humano especializado por lo que podría ser autorizado en el marco de la utilización de medicamentos no considerados en el Petitorio Nacional Único de Medicamentos Esenciales (PNUME); por este motivo el Equipo Técnico acuerda desestimar la solicitud.
- ItemSolicitud adalimumab inyectable(Ministerio de Salud. Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas. Dirección de Farmacovigilancia, Acceso y Uso. UFURM, 2018) Perú. Ministerio de salud, Dirección General de Medicamentos, Insumos y DrogasEn la revisión de la solicitud presentada respecto al medicamento adalimumab inyectable, se observa que la utilización del medicamento está restringida a indicaciones poco frecuentes, condiciones específicas de uso y en áreas altamente especializadas por lo que podría ser autorizado caso por caso en el marco de la utilización de medicamentos no considerados en el Petitorio Nacional Único de Medicamentos Esenciales (PNUME); por este motivo el Equipo Técnico acuerda desestimar la solicitud.
- ItemSolicitud amfotericina B (como liposomal) inyectable(Ministerio de Salud. Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas. Dirección de Farmacovigilancia, Acceso y Uso. UFURM, 2018) Perú. Ministerio de salud, Dirección General de Medicamentos, Insumos y DrogasEn la revisión de la solicitud presentada respecto al medicamento amfotericina B (como liposomal) 50mg inyectable, se observa que el expediente señala que existe un vacío terapéutico, y debido a que en el Petitorio Nacional Único de Medicamentos Esenciales (PNUME) se cuenta con medicamentos para el tratamiento de las indicaciones solicitadas, y adicionalmente se observa que la utilización de este medicamento está restringido a indicaciones poco frecuentes y en condiciones específicas de uso por lo que podría ser autorizado en el marco de la utilización de medicamentos no considerados en el PNUME; por este motivo el Equipo Técnico acuerda desestimar la solicitud.
- ItemSolicitud anidulafungina inyectable(Ministerio de Salud. Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas. Dirección de Farmacovigilancia, Acceso y Uso. UFURM, 2018) Perú. Ministerio de salud, Dirección General de Medicamentos, Insumos y DrogasEn la revisión de las solicitudes presentadas respecto al medicamento anidulafungina inyectable, se observa que la utilización de este medicamento está restringida a indicaciones poco frecuentes, en condiciones específicas de uso y en áreas altamente especializadas por lo que podría ser autorizado en el marco de la utilización de medicamentos no considerados en el Petitorio Nacional Único de Medicamentos Esenciales (PNUME); por este motivo el Equipo Técnico acuerda desestimar la solicitud.
- ItemSolicitud apixaban tableta(Ministerio de Salud. Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas. Dirección de Farmacovigilancia, Acceso y Uso. UFURM, 2018) Perú. Ministerio de salud, Dirección General de Medicamentos, Insumos y DrogasEn la revisión de la solicitud presentada respecto al medicamento apixaban tableta, se observa que la utilización de este medicamento está restringido a condiciones específicas de uso y tiene un costo mayor a la alternativa del PNUME, por lo que podría ser autorizado en el marco de la utilización de medicamentos no considerados en el PNUME; por este motivo el Equipo Técnico acuerda desestimar la solicitud.
- ItemSolicitud aztreonam inyectable(Ministerio de Salud. Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas. Dirección de Farmacovigilancia, Acceso y Uso. UFURM, 2018) Perú. Ministerio de salud, Dirección General de Medicamentos, Insumos y DrogasEn la revisión de la solicitud presentada respecto al medicamento aztreonam inyectable, se observa que la solicitud presenta deficiencias insalvables, por cuanto la indicación señalada es demasiada amplia (Infección por germen sensible a aztreonam confirmado por cultivo y antibiograma), no adjuntándose el sustento necesario para esta indicación; por este motivo el Equipo Técnico acuerda desestimar la solicitud.
- ItemSolicitud azul de isosulfan inyectable(Ministerio de Salud. Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas. Dirección de Farmacovigilancia, Acceso y Uso. UFURM, 2018) Perú. Ministerio de salud, Dirección General de Medicamentos, Insumos y DrogasEn la revisión de la solicitud presentada respecto al medicamento azul de isosulfan 1% inyectable, se observa que la utilización de este medicamento está restringido a indicaciones poco frecuentes, en condiciones específicas de uso y en áreas altamente especializadas por lo que podría ser autorizado en el marco de la utilización de medicamentos no considerados en el Petitorio Nacional Único de Medicamentos Esenciales (PNUME); por este motivo el Equipo Técnico acuerda desestimar la solicitud.
- ItemSolicitud bromuro de tiotropio + olodaterol en enfermedad pulmonar obstructiva crónica (EPOC) (solución para inhalación)(Ministerio de Salud. Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas. Dirección de Farmacovigilancia, Acceso y Uso. UFURM, 2018)En la revisión de la solicitud presentada respecto al medicamento bromuro de tiotropio 2.5mcg + olodaterol 2.5mcg solución para inhalación, se observa que el expediente señala que existe un vacío terapéutico, y debido a que en el Petitorio Nacional Único de Medicamentos Esenciales (PNUME) se cuenta con medicamentos para el tratamiento de la indicación solicitada; por este motivo el Equipo Técnico acuerda desestimar la solicitud.
- ItemSolicitud bromuro de tiotropio en enfermedad pulmonar obstructiva crónica (EPOC) (solución para inhalación)(Ministerio de Salud. Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas. Dirección de Farmacovigilancia, Acceso y Uso. UFURM, 2018) Perú. Ministerio de salud, Dirección General de Medicamentos, Insumos y DrogasEn la revisión de las solicitudes presentadas respecto al medicamento bromuro de tiotropio 2.5mcg/dosis solución para inhalación y 5mcg/dosis solución para inhalación, se observa que los expedientes señalan que existe un vacío terapéutico, y debido a que en el Petitorio Nacional Único de Medicamentos Esenciales (PNUME) se cuenta con medicamentos para el tratamiento de la indicación solicitada; por este motivo el Equipo Técnico acuerda desestimar la solicitud.
- ItemSolicitud cefepima inyectable(Ministerio de Salud. Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas. Dirección de Farmacovigilancia, Acceso y Uso. UFURM, 2018) Perú. Ministerio de salud, Dirección General de Medicamentos, Insumos y DrogasEn la revisión de las solicitudes presentadas respecto al medicamento cefepima 1g inyectable, se observa que los expedientes señalan que existe un vacío terapéutico, y debido a que en el Petitorio Nacional Único de Medicamentos Esenciales (PNUME) se cuenta con medicamentos para el tratamiento de las indicaciones solicitadas; por este motivo el Equipo Técnico acuerda desestimar la solicitud.
- ItemSolicitud cetirizina en rinitis alérgica (tableta y jarabe)(Ministerio de Salud. Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas. Dirección de Farmacovigilancia, Acceso y Uso. UFURM, 2018) Perú. Ministerio de salud, Dirección General de Medicamentos, Insumos y DrogasEn la revisión de las solicitudes presentadas respecto al medicamento cetirizina 5mg/mL jarabe y 10mg tableta, se observa que el expediente señala que existe un vacío terapéutico, y debido a que en el Petitorio Nacional Único de Medicamentos Esenciales (PNUME) se cuenta con medicamentos para el tratamiento de la indicación solicitada; por este motivo el Equipo Técnico acuerda desestimar la solicitud.
- ItemSolicitud clonixinato de lisina + pargeverina inyectable(Ministerio de Salud. Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas. Dirección de Farmacovigilancia, Acceso y Uso. UFURM, 2018) Perú. Ministerio de salud, Dirección General de Medicamentos, Insumos y DrogasEn la revisión de la solicitud presentada respecto al medicamento clonixinato de lisina + pargeverina clorhidrato inyectable, se observa que el expediente señala que existe un vacío terapéutico, y debido a que en el Petitorio Nacional Único de Medicamentos Esenciales (PNUME) se cuenta con medicamentos para el tratamiento de la indicación solicitada; por este motivo el Equipo Técnico acuerda desestimar la solicitud.
- ItemSolicitud clorhexidina gluconato solución(Ministerio de Salud. Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas. Dirección de Farmacovigilancia, Acceso y Uso. UFURM, 2018) Perú. Ministerio de salud, Dirección General de Medicamentos, Insumos y DrogasEn la revisión de la solicitud presentada respecto al medicamento clorhexidina gluconato 0.12% solución, se observa que el expediente señala que existe un vacío terapéutico, y debido a que en el Petitorio Nacional Único de Medicamentos Esenciales (PNUME) se cuenta con una alternativa, la cual puede ser preparada a través de las áreas de farmacotécnica en los establecimientos de salud para la indicación solicitada; por este motivo el Equipo Técnico acuerda desestimar la solicitud.
- ItemSolicitud clorhexidina gluconato solución(Ministerio de Salud. Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas. Dirección de Farmacovigilancia, Acceso y Uso. UFURM, 2018) Perú. Ministerio de salud, Dirección General de Medicamentos, Insumos y DrogasEn la revisión de la solicitud presentada respecto al medicamento clorhexidina gluconato 5% solución, se observa que el expediente señala que es de menor costo a la alternativa considerada en el Petitorio Nacional Único de Medicamentos Esenciales (PNUME) sin embargo no especifica el costo del mismo, así mismo precisar que no se cuenta con Registro Sanitario del medicamento en el país; por este motivo el Equipo Técnico acuerda desestimar la solicitud.